Eduardo Balza detalló que lo primero que tiene que hacer es analizar la multa que recibió. Debe estar notificada de forma fehaciente. La tiene que recibir una persona física y firmar que recibió esa notificación. Esto lo va hacer un policía o el municipio cuando envía la multa. No la puede dejar debajo de la puerta. La multa que es dejada debajo de la puerta, para la ley no es una notificación fehaciente.

No hay plazos, si dice se intima en el plazo de x días, eso no es legal.

Debe tener cuatro requisitos:

El primero, decir claramente el número de matrícula del radar, porque el radar es un bien de uso registrable, así como un automóvil tiene un número único de patente, los radares también.

Segundo que esté firmada la boleta por un agente público, que abajo debe decir su número de matrícula que le dio la Agencia de Seguridad vial.

El tercer elemento es que tiene que decir con nitidez y claridad, dónde está emplazado el radar que detectó lo que origina esta multa.

Lo cuarto es que tiene que tener un logo de la agencia Nacional de Seguridad Vial. Si falta alguno de estos cuatro elementos, no tiene que pagar la multa porque es trucha.